Vigitar no es una planilla: hay cosas que decide por su cuenta —no deja guardar algo, calcula un número que nadie tecleó, levanta una alerta—, y cada candado está explicado en el artículo de su módulo con su ley o su razón y cómo se destraba. Un estado nunca se teclea si se puede derivar. Este índice reúne los candados por área; cada uno enlaza a su explicación.
Personas
- Si un postulante puede pasar a la etapa siguiente — Ley 21.659 y DS 209: los requisitos de acreditación.
- Si un postulante se convierte en trabajador — la acreditación se revisa de nuevo al contratar.
- Si se crea una ficha nueva con ese RUT — el RUT es el número del registro.
- Si un RUT mal tecleado puede borrar el que estaba guardado — se descarta ese campo; el resto se guarda.
- Si se puede registrar el término del contrato — Ley Bustos: sin cotizaciones al día, el despido no produce efecto.
- La fecha con que se registra el término, y a quién se puede desvincular — la fecha no puede ser futura.
- Si se puede registrar la firma del finiquito — art. 177 del Código del Trabajo.
- Si el pacto de horas extraordinarias queda guardado — art. 32 del Código del Trabajo: hasta tres meses.
- Qué archivos se aceptan — el tipo lo decide el contenido del archivo, no su nombre.
Licencias médicas
- El plazo para tramitarla — DS 3, art. 13: tres días hábiles desde el día siguiente a la recepción; el sábado cuenta, y si termina en sábado pasa al día hábil siguiente.
- Quién puede registrar o anular una licencia — es un dato de salud: solo Administrador y Recursos Humanos.
- Si se puede registrar o anular una licencia de un mes ya cerrado — el cierre congela lo pagado; tampoco se cruza con otra ausencia.
- Corregir las fechas de una licencia que la entidad redujo — no puede quedar en los días autorizados o menos; primero se corrige la resolución.
Comercial
- Si el inicio estimado o la validez de una cotización fuera de rango se pueden guardar — una fecha disparatada proyectaría mal el contrato.
- Si una cotización enviada o resuelta se puede volver a marcar — un desenlace ya escrito no se pisa; deshacer exige nota.
- Si una cabecera de cotización sin puestos se puede borrar — solo si de verdad no tiene líneas.
- Si una licitación se puede volver a guardar en análisis — no se pisa una decisión ya tomada.
- Un reclamo sin acción correctiva no se guarda — un reclamo sin acción es un reclamo que se va a perder.
Contratos, instalaciones y puestos
- A qué contrato y a qué mandante puede colgar una instalación — siempre del mismo mandante.
- A quién se puede nombrar en la nómina de la directiva — DS 209, art. 92: solo con acreditación vigente.
- Quién puede figurar como supervisor responsable — acreditación de supervisor vigente o por vencer.
- Qué pasa cuando alguien sale de la nómina — se cierra su vigencia; nunca se borra del historial.
- Qué puestos materializan turnos — sin resolución de la DT vigente, el sistema excepcional no opera.
Pauta y turnos
- Si una persona puede quedar en el turno de un puesto — Ley 21.659, art. 50: sin credencial vigente no se asigna.
- Si se le puede sumar otro puesto — Ley 21.561 y Res. 38, art. 45.2: sobre la jornada máxima se asigna con aviso.
- Qué puestos materializan turnos — art. 38 del Código del Trabajo.
- Quién puede tomar un turno descubierto — credencial, excepción del día, doble turno, solape y descanso mínimo.
- Si un turno resuelto se puede volver a resolver — lo cubierto no se pisa; se deshace con nota.
- Si se puede cambiar la rueda de quien ya trabajó con ella — Res. 38, art. 27 d): solo con «Cambiar turno», que registra el cambio y su aviso.
- Con qué descanso se filtran los cubridores de un ciclo — lo fija la resolución de cada ciclo.
- Qué colación acepta un patrón — art. 34 del Código del Trabajo: sus tres datos van juntos, de 30 a 180 minutos y dentro del turno.
- Si se puede sellar la pauta del mes — publicar deja copia y huella de lo prometido.
- Qué fechas acepta el sistema — el servidor vuelve a comprobar cada fecha.
Asistencia
- Identificarse y marcar desde el puesto — Res. 38, arts. 7 y 36: el puesto autoriza la instalación; el RUT y la clave, a la persona.
- Los candados de una rectificación — Res. 38, art. 41: no antes del día hábil siguiente, sin perjuicio y una propuesta viva por hecho.
- Las marcas no se editan nunca — se rectifican, con aviso y plazo de oposición.
- Una constancia sin identificación pide su motivo y queda en un incidente — Res. 38, art. 27 f): la contingencia se traza contra un incidente con inicio y término.
La app del teléfono
- La identificación personal en cada acto — nadie continúa con el ingreso de otro.
- Un reintento no duplica — el mismo envío devuelve el mismo resultado.
- Conocer el teléfono no identifica a la persona — el teléfono es del puesto.
Supervisión
- Qué sugiere inspeccionar — la instalación con más tiempo sin inspección que el pactado, y la inspección con hallazgos que nadie volvió a verificar.
- A quién va una tarea — a un supervisor activo que tenga a cargo la instalación, con plazo desde hoy.
- Cuándo va atrasado un supervisor — cuando sus inspecciones de la semana no alcanzan lo pactado a la fecha.
- Qué tareas cierra una inspección, y con qué ubicación — las de su instalación y su supervisor; la ubicación, solo si registra el propio supervisor.
- Cuándo se puede cerrar un incidente — el reporte exige las acciones tomadas y la solución propuesta; las categorías graves, además, la autoridad notificada y la causa probable; un reporte emitido ya no se modifica.
- Las categorías graves — uso de la fuerza, lesión, denuncia de abuso y detención ciudadana.
- El mapa y la identidad de cada punto — ningún punto viejo se muestra como actual.
Prevención
- Cuándo se puede cerrar un accidente — Ley 16.744: no se cierra sin la DIAT enviada.
Logística
- Si una salida de bodega se puede registrar — el saldo nunca queda bajo cero.
- Qué transiciones de estado existen — disponible, asignado, en mantención, de baja; nada se borra.
- Qué se exige según el tipo de registro — cada entrega es a una persona o a una instalación.
Remuneraciones
- Quién cierra el período y bajo qué condiciones — solo el administrador; nunca con datos a medias.
- El ciclo del certificado F30-1 — pendiente, solicitado, emitido, entregado; nunca retrocede.
- Un día se descuenta una sola vez — la inasistencia anotada a mano y la del turno resuelto como «Faltó» son el mismo hecho.
- Un turno anulado no existe — no genera sueldo, bono ni horas extra.
- El pacto de horas extraordinarias — art. 32 del Código del Trabajo.
Finanzas
- Marcar pagado no baja la deuda — la baja la conciliación del abono real.
- Un estado de pago enviado no se edita — vuelve a borrador, se corrige y se reenvía.
- Solo el administrador cierra el mes — el cierre congela la evidencia.
Calidad
- Qué se puede tocar de una no conformidad y en qué orden — ISO 9001, §8.7 y §10.2: causa raíz antes de cerrar.
- Qué queda inmutable al firmar el acta — ISO 9001, §9.3: un acta firmada es evidencia.
- Quién puede auditar — ISO 9001, §9.2: el auditor no puede ser el auditado.
- Cuándo se aprueba un documento y quién — ISO 9001, §7.5: sin PDF no hay documento que aprobar.
- A qué versión se ata un acuse — siempre a la vigente, nunca a un borrador.
- Cuándo se cierra una queja o denuncia del canal — no sin respuesta escrita; lo urgente, no sin la autoridad notificada.
- Qué se guarda de quien denuncia — con el anonimato marcado, el nombre no llega a guardarse.
- Cuántos objetivos vigentes — uno por indicador.
- Proveedores — no se evalúa sin criterios escritos; la aprobación vale doce meses.
Con quién se conecta Vigitar
- Si un rechazo de una solicitud se puede guardar sin decir cómo apelar — Res. 38, art. 47.2 b) iv).
- Si un plan de importación se puede aplicar — solo el plan que se acaba de revisar, sin filas con error.
- Si un cambio propuesto por un agente de IA se puede aplicar — solo con la huella de la revisión.
- Qué empresas ve la Dirección del Trabajo — Res. 38, art. 26: solo las que contrataron el registro de asistencia.
- Contratar el registro de asistencia pide un aviso aceptado — Res. 38, art. 62: la Dirección del Trabajo puede ver toda la información.
Cuentas
- Si un administrador puede revocarse su propio acceso — ninguna empresa queda sin administrador.
- Si un enlace de invitación o de acceso sigue sirviendo — de un solo uso y de una sola persona.
- Qué puede hacer solo el Administrador — usuarios, permisos, empresa, parámetros, correos, importación, el plan y el cierre del mes.
Plan y pago
- Quién puede aceptar, cambiar o cancelar el plan — solo un administrador; gerencia y finanzas lo consultan.
- Cuándo se cambia el monto de un cobro — unos días antes del cobro y nunca el mismo día; lo que no quedó fijado se cobra al monto anterior.
- Si el plan cambia solo tras un rechazo, un impago o una cancelación — no cambia: sigue hasta el último día pagado y después decide Vigitar.
Tus datos
- Cuándo se borra una empresa dada de baja — Res. 38, art. 57.4: con registro de asistencia, entre el día 90 y el 120; sin él, en el acto.
Si algo no te deja avanzar
- Lee el aviso rojo. Dice exactamente qué faltó. Los candados de este índice nunca son un capricho: cada uno tiene su ley o su razón, y su artículo explica cómo destrabarlo.
- Si el aviso dice «Una consulta falló»: recarga la página. La pantalla no pudo leer un dato; lo que dependía de él aparece «sin verificar», nunca en cero ni en verde. No decidas sobre esa pantalla hasta que cargue completa.
- Si algo se ve raro y no hay ningún aviso: entra a Auditoría → Registro de actividad para ver qué se hizo y cuándo. Si la duda es sobre un registro probatorio —el libro, una ronda, una marca—, Auditoría verifica las cadenas del libro y de las rondas al abrirse, y las marcas de turno muestran el último barrido diario, con su fecha.