La prevención de riesgos reúne dos registros distintos de una empresa de guardias: los accidentes del trabajo, los accidentes de trayecto y las enfermedades profesionales de cada trabajador, con el reloj legal de la DIAT corriendo desde que ocurren; y la matriz de riesgos de cada instalación, con la medida que controla cada uno. Los usa Recursos Humanos para los accidentes y Operaciones para la matriz.
| Ficha | |
|---|---|
| Dónde | Recursos Humanos → Accidentes · Operaciones → Mandantes → mandante → contrato → instalación → pestaña Matriz de riesgos |
| Quién lo usa | Recursos Humanos, Administrador (accidentes) · Operaciones, Administrador (matriz de riesgos) |
| Qué exige la ley | Ley 16.744, art. 76 (accidente grave o fatal) |
| Se conecta con | Licencias médicas · Contratos, instalaciones y puestos · Personas: postulantes, guardias y supervisores |
Qué es
- Accidentes (Recursos Humanos → Accidentes) registra los accidentes del trabajo, los accidentes de trayecto y las enfermedades profesionales. Cada caso lleva cuándo ocurrió, el trabajador si se identifica, la instalación si corresponde, si es grave o fatal, y qué pasó. Desde que se registra corre el reloj de la DIAT: la pantalla muestra cuántas horas quedan o cuántas lleva de atraso. El caso se marca cuando la DIAT se presentó a la mutualidad y se cierra con los días de reposo que esta indicó. La lista se acota por Mandante y Contrato de la instalación del caso; el aviso de un accidente grave abierto se muestra igual, aunque el filtro lo deje fuera de la lista.
- La matriz de riesgos no vive en Accidentes: describe a una instalación, no a un trabajador, y por eso vive en su ficha (pestaña Matriz de riesgos, dentro de Operaciones → Mandantes). Cada fila lleva el riesgo, su nivel —probabilidad por severidad, cada una baja, media o alta—, la medida de control, el responsable y cuándo se revisó; el sistema clasifica el nivel en bajo, medio o crítico y marca la fila cuando pasó más de un año desde la última revisión.
Cómo se usa
Registrar un accidente del trabajo
Cuándo: un trabajador se accidenta, en el trabajo o en el trayecto, o se detecta una enfermedad profesional. Quién: Recursos Humanos o Administrador.
- En Accidentes → Registrar accidente, indica cuándo ocurrió (hora de Chile), el tipo —accidente del trabajo, accidente de trayecto o enfermedad profesional—, el trabajador y la instalación si corresponden, y qué pasó. Márcalo si es grave o fatal.
- Desde ese momento corre el reloj de la DIAT: tienes 24 horas para denunciar a la mutualidad, y la pantalla dice cuánto queda o cuánto lleva de atraso.
- Marca DIAT enviada cuando la presentaste a la mutualidad.
- Cierra el accidente cuando termina el reposo, con los días que indicó la mutualidad. Un accidente no se cierra sin la DIAT enviada.
Qué te puede frenar: el sistema no deja cerrar un accidente sin marcar antes que la DIAT fue enviada.
Qué queda registrado: el accidente con su tipo, su gravedad, la fecha en que se envió la DIAT y los días de reposo; quién lo registró y cuándo se cerró.
Si el accidente es grave o fatal, la pantalla lo dice en rojo: hay que informar de inmediato a la Inspección del Trabajo y a la Seremi de Salud, y suspender la faena (art. 76, Ley 16.744). Eso no lo hace el sistema: lo hace la empresa. Cuando el reposo se acredita además con una licencia médica de tipo 5 o 6, esa licencia se registra por separado en Licencias médicas.
Mantener la matriz de riesgos de una instalación
Cuándo: al dejar lista una instalación nueva, y después cada vez que cambian sus riesgos o toca revisarlos. Quién: Operaciones o Administrador.
- En la ficha de la instalación (Operaciones → Mandantes → mandante → contrato → instalación), abre la pestaña Matriz de riesgos.
- Agregar riesgo: describe el riesgo, su probabilidad y su severidad (baja, media o alta cada una), la medida de control y un responsable.
- Cuando se revisa un riesgo y la medida sigue vigente, Revisado hoy deja constancia de la fecha. Pasado un año sin revisarlo, la fila queda marcada.
Qué queda registrado: cada riesgo con su nivel, su medida, su responsable y la fecha de la última revisión; quitar un riesgo conserva la fila en el registro de actividad.
Qué decide el sistema solo
Cuándo se puede cerrar un accidente
- Dónde: Recursos Humanos → Accidentes.
- Regla: un accidente no se cierra sin marcar antes que la DIAT fue enviada a la mutualidad.
- Por qué: Ley 16.744; cerrar un accidente sin denunciarlo es esconderlo.
- Cómo se destraba: presentar la DIAT ante la mutualidad y marcar «DIAT enviada»; recién ahí se puede cerrar el caso.
Qué no hace
- Vigitar no presenta la DIAT ante la mutualidad ni informa por sí solo a la Inspección del Trabajo o a la Seremi de Salud: registra el accidente, corre el reloj y avisa en rojo cuando es grave o fatal, pero presentar la denuncia y avisar a la autoridad es tarea de la empresa.
- La matriz de riesgos no abre por sí sola una acción correctiva ni una no conformidad: si un riesgo se concreta en un incidente o un accidente, lo que corresponda se registra a mano donde toca.
Véase también
- Licencias médicas: las licencias que se originan en un accidente o una enfermedad profesional.
- Contratos, instalaciones y puestos: la ficha de la instalación donde vive la matriz de riesgos.
- Personas: postulantes, guardias y supervisores: la ficha del trabajador donde queda su accidente.
Normativa
- Ley 16.744, art. 76: el accidente grave o fatal se informa de inmediato a la Inspección del Trabajo y a la Seremi de Salud, y se suspende la faena.